Resumen: PRIMERO.-D. Raimundo y Dª Azucena formularon demanda contra Caja Laboral Popular, Cooperativa de Crédito, en adelante Caja Laboral, en la que, con relación al contrato de préstamo con garantía hipotecaria que, con fecha 1 abril 2009, suscribieron los demandantes y Caja Laboral Popular ante la Notario de Sestao Dª Mercedes Ramírez Codina, ejercitan acciones acumuladas individual de nulidad, por abusivas, respecto a la cláusulas de gastos (cláusula quinta) y de vencimiento anticipado (cláusula sexta bis, párrafo primero), y de reclamación de cantidad, con el postulado de declaración de nulidad de las cláusulas impugnadas y, la condena a la mercantil demandada a reintegrar a los demandantes 2.381,86 euros, que es la suma de las cantidades pagadas en concepto de arancel de Notario -454,37 euros-, de Registrador -171,68 euros-, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos documentados -978,75 euros-, gastos de gestoría -278,40 euros- y gastos de tasación -278,40- con el interés legal desde la fecha de pago y con condena en costas a la demandada. Subsidiariamente, ejercita acciones acumuladas eventuales de culpa contractual y de enriquecimiento sin causa, con el postulado de condena a la demandada a indemnizar a la actora en una suma igual al importe de los pagos realizados por los conceptos que se han señalado, con el interés legal desde la fecha de pago y al pago de las costas procesales. En ulterior escrito desistió de la reclamación del IAJD y amplio la petición de nulidad a la clausulas referentes a la comisión de apertura (cuarta) e interés de demora (sexta)